A continuación, vamos a ver:
- Instalación de Certificados
- Configuración Sistemas de Facturación
- Escenarios (mono empresa/ multiempresa)
1. Instalación de Certificados
En el caso que una empresa se acoja a RRSIF será necesario configurar el certificado.
- Si selecciona VERI*FACTU, se deberá configurar el certificado en el servidor desde el apartado de "Configuración del servicio cola SIF".
- En el caso que seleccione No VERI*FACTU, necesitará configurar tanto el certificado en el servidor como en el terminal.
Para más información, pulsa aquí.
2. Configuración Sistemas de Facturación
La primera vez que el usuario entre en cada una de las empresas se abrirá, de forma automática, la pantalla para la configuración de la aplicación del reglamento.
Posteriormente, podrás acceder desde el punto "Reglamento de Facturación/ Configuración".
Por defecto, todos los tipos contables estarán activados automáticamente al nuevo reglamento y estará indicado envío a VERI*FACTU.
Si la empresa tiene algún motivo para no acogerse, el usuario tendrá la opción de configurarlo. La pantalla se adaptará según se indique o si es multiempresa.
La pantalla "Activación y Configuración del Reglamento de Sistemas informáticos de Facturación", se divide en dos apartados:
- Configuración Reglamento de Sistemas informáticos de Facturación:
El usuario debe indicar el uso en esa empresa del software:
Gestionar mi facturación, cumpliendo con las obligaciones estipuladas en el Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación: si es para gestionar la facturación de la empresa.
Empresa de prueba, destinada a demostraciones de producto, pruebas u otros usos de carácter educativo o formativo. Para más información sobre las empresas de pruebas, pulsa aquí.
- Configuración RRSIF:
Si en el apartado anterior, se marca la opción "Gestionar mi facturación, cumpliendo con las obligaciones estipuladas en el Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación", aquí debes indicar si la empresa está acogida al reglamento y especificar:
- Si se quiere enviar utilizando el Sistema VERIFACTU o NO VERI*FACTU.
- O, por el contrario, puede que no esté acogida al Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación por alguno de los motivos especificados en los artículos 1.3, 3.3 y 5 del Reglamento. En este supuesto, debes indicar el motivo por el cual esa actividad no está acogida al Reglamento de la Ley Antifraude.
Estos motivos pueden ser:
- Acogido al SII
- Empresa situada fuera del territorio español
- Empresa establecida en el territorio foral del País Vasco y sujeta a TicketBAI
- Empresa establecida en el territorio foral de Navarra
- Personas físicas / atribución de rentas que no desarrollan actividades económicas o contribuyentes IRNR sin EP
- Solicitud de no aplicación. Art.5 RD 1007/2023, donde será obligatorio informar el código suministrado por Hacienda
A tener en cuenta:
Si activa el Reglamento acogido a VERI*FACTU, y cambia a No VERI*FACTU, la fecha efectiva de la desactivación será el 31 de Diciembre del año en que se desactivó VERI*FACTU y los registros de facturación seguirán enviándose hasta esa fecha.
En el caso de marcar NO VERI*FACTU, en cualquier momento podrá cambiar a VERI*FACTU.
En las empresas con marca “Empresa de prueba” solo se podrá seleccionar "No VERIFACTU o no acogida”.
En el caso que se active el Reglamento como NO VERI*FACTU, será necesario configurar el certificado de máquina y de servidor antes de “Aceptar” para poder registrarlo. En el caso de VERI*FACTU, podrá realizarse antes de generar el primer registro.
Una vez configurado, pulsa "Aceptar".
3. Escenarios
Mono empresa:
Si dispone de varios tipos contables, la configuración se unificará a todos ellos.
Importante: Si el usuario necesita personalizar la configuración por tipo contable, es obligatorio activar la opción "Usar multiempresa".
Multiempresa:
Por defecto, se indica "Gestionar mi facturación, cumpliendo con las obligaciones estipuladas en el Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación" y se activa tanto la opción "Acogido RRSIF" (Acogido al Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación), como el envío a "VERI*FACTU", para todas las empresas.
Al seleccionar una empresa de la lista y pulsar "Configurar", se abrirá la siguiente pantalla:
Si tu empresa trabaja con múltiples actividades, debes realizar la configuración para cada empresa, puede ocurrir que alguna de estas empresas no tenga que estar acogida al RRSIF por alguno de los motivos especificados en los artículos 1.3, 3.3 y 5 del Reglamento.
Una vez realizada la configuración, pulsa "Aceptar" y se actualizará la información en la lista de tipos contables. Cuando ya estén todos los registros configurados, solo será necesario pulsar el botón "Aceptar".
A tener en cuenta: En el caso de disponer de varias empresas con el mismo NIF, la configuración debe ser la misma. En caso contrario, se mostrará el siguiente aviso:
Muy importante: No se permite tener distintas Bases de Datos activada bajo el Reglamento Sistema Informático de facturación en una misma instalación, si contienen los mismos datos fiscales.
Recuerda que en caso de acogerse al reglamento será necesario realizar la configuración de un certificado, pulsando el botón "Certificados".
También te puede interesar:
- Ley Antifraude, Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal
Fuente: A3ERP Wolters Kluwer
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